COLEGIACIÓN
Documentos para Colegiación
- Título de Licenciado en Medicina y Cirugía . A falta de éstos, EXPEDIENTE ACADEMICO o fotocopia compulsada. y el abono de los derechos/tasas del título (original).
- D.N.I.
- 2 fotografías tamaño carnet (para colegiaciones on-line solo será necesario enviar 1 foto con buena calidad).
- Domiciliación bancaria para la atención de los recibos colegiales según normativa SEPA.
- La cantidad de 120 € como cuota de entrada de colegiado, en efectivo o con tarjeta para colegiaciones presenciales, y mediante transferencia bancaria para colegiaciones online.
- Medico Interno Residente (MIR): documento de adjudicación de plaza (Hospital, Centro de Formación y Especialidad).
- Título de Especialista, (si lo tiene) ( original, para su registro en el Colegio).
**NOTA: Para poder colegiarse (de manera presencial como online) es necesario que previamente realices la Colegiación online para agilizar los trámites de la Colegiación.
- BAJA del Colegio de donde procede.
- Título de Licenciado en Medicina y Cirugía. A falta de éstos, EXPEDIENTE ACADEMICO o fotocopia compulsada.
- D.N.I.
- 2 fotografías tamaño carnet. (para colegiaciones on-line solo será necesario enviar 1 foto con buena calidad)
- Domiciliación bancaria para la atención de los recibos colegiales según normativa SEPA.
- La cantidad de 50 € como cuota de traslado de Colegiado, en efectivo o con tarjeta para colegiaciones presenciales, y mediante transferencia bancaria para colegiaciones online.
- Título de Especialista, ( si lo tiene) ( original, para su registro en el Colegio).
**NOTA: Para poder colegiarte (tanto de manera presencial como online) es necesario que previamente realices la Colegiación online para agilizar los trámites de la Colegiación.
- Los requisitos propios que están establecidos para los médicos españoles.
- Título de Licenciado en Medicina (original y traducción al castellano) y certificado homologado por el Ministerio de Educación y Ciencia, según el artículo 4.1 del Real Decreto 1691/1989.
- Certificado (original y traducción) expedido por la autoridad competente del país de origen o de procedencia en el que se especifique que el solicitante no está inhabilitado, temporal o definitivamente, para el ejercicio profesional, legalizado por vía diplomática o Apostilla de la Haya. Este certificado tendrá como máximo tres meses de validez (país de origen).
- Presentación de un documento de identidad (NIE) o un pasaporte válido y en vigor de un Estado Miembro de las Comunidades Europeas según lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 178/2003 (1), con cinco años de vigencia y renovable automáticamente. Este mismo artículo dispone que para las estancias superiores a tres meses e inferiores a un año, se expedirá una tarjeta de carácter temporal.
- Medico Interno Residente, MIR, documento de adjudicación de plaza (Hospital, Centro de Formación y Especialidad).
- Si el solicitante procede de otro colegio del Estado Español, certificado de baja del mismo.
**NOTA: Para poder colegiarte (tanto de manera presencial como online) es necesario que previamente realices la Colegiación online para agilizar los trámites de la Colegiación.
(1) El artículo 9 del Real Decreto 178/2003, establece que las solicitudes de las tarjetas de residencia previstas en el Art. 6, cuando sean obligatorias, deberán presentarse en el plazo de un mes a partir de la fecha de entrada en España, entregándose al interesado resguardo de su solicitud que, en el caso de nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, será suficiente para acreditar su situación.
El Colegio de Médicos de Valladolid se reserva el derecho a solicitar toda documentación adicional que considere oportuna.