Póliza de seguro de Responsabilidad Civil

Estimados compañeros:

En la última Asamblea General, tal y como se puso de relieve en los datos que se transmitieron en la misma, pudimos constatar que aún existen casos de colegiados que carecen de seguro de responsabilidad civil.

Por ello, para evitar que se lleguen a producir determinadas situaciones de extraordinaria gravedad, os dirigimos la presente para poner de relieve, una vez más, la obligatoriedad, para todos los Médicos que ejerzan la profesión, de tener contratada una póliza de seguro de R.C. (Responsabilidad Civil), que cubra el desarrollo de su actividad profesional.

A tal efecto os recordamos que los Médicos que ejercen la actividad pública, tienen cubierta su responsabilidad, con una entidad aseguradora contratada por Sacyl, hasta una determinada cantidad. Quienes ejercen la actividad privada, tienen también la obligación legal de contratar una póliza de seguro de R.C., por así imponerlo la Ley 44/2003 de 21 de noviembre que establece lo siguiente:

Artículo 46. Cobertura de responsabilidad Los profesionales sanitarios que ejerzan en el ámbito de la asistencia sanitaria privada, así como las personas jurídicas o entidades de titularidad privada que presten cualquier clase de servicios sanitarios, vienen obligados a suscribir el oportuno seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía financiera que cubra las indemnizaciones que se puedan derivar de un eventual daño a las personas causado con ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios .…… En el supuesto de profesiones colegiadas, los colegios profesionales podrán adoptar las medidas necesarias para facilitar a sus colegiados el cumplimiento de esta obligación.

Tal y como establece el inciso final de dicho precepto legal, el Colegio tiene suscrita una póliza de seguro, que ampara a aquellos colegiados que deseen contratarla libremente y que, también, puede otorgar cobertura, en el caso de la sanidad pública, a las responsabilidades que pudieren llegar a ser exigibles en exceso, es decir por un importe superior a las coberturas que otorga la póliza de seguros concertada por Sacyl.

En todo caso, el Colegio, además de llevar a cabo los trámites para la contratación de la póliza de R.C. para los colegiados que lo deseen, puede encargarse también de prestaros el oportuno asesoramiento en el caso de que decidáis contratarla por vuestra cuenta.

Fdo.: José Antonio Otero Rodríguez Presidente del Colegio Oficial de Médicos de Valladolid

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