PAGO DE ATRASOS SACYL EN RENTA 2022

INFORMACIÓN IMPORTANTE EN RELACIÓN CON: PAGO DE ATRASOS SACYL EN RENTA 2022

Cuando se producen cobros laborales por alguna demanda y ya hay una sentencia judicial, los ingresos producidos y los intereses correspondientes, se declaran en el ejercicio en el que se produce la sentencia, aunque con referencia al cobro real. Si la sentencia se produce en un ejercicio y el cobro en otro, se declaran en el ejercicio de cobro.

Sin embargo, cuando lo que se reciben son atrasos por actualizaciones de nóminas, hay que hacer obligatoriamente una declaración complementaria del ejercicio al que hacen referencia esos atrasos, independientemente del ejercicio en el que se cobran. Por ejemplo: en el año 2022 ha habido pago de atrasos del SACYL en referencia al año 2021 y por tanto hay que hacer una declaración complementaria del año 2021. No se pueden incluir en la declaración del año 2022. Es decir, no se puede elegir el modo de declararlo en referencia a la modalidad que más beneficie al contribuyente, sino acorde a la ley vigente.

Para cualquier duda o aclaración, puede contactar directamente con el Asesor fiscal del Colegio D. Rafael Borderas.

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