
Se ha publicado en BOE el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, cuya Disposición final primera aprueba la modificación de la Disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, ampliando el plazo de un año que tienen los obligados tributarios para adaptar sus sistemas informáticos de facturación (SIF) a los requisitos de dicho Real Decreto.
Entrada en vigor
La medida se incluye dentro del Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que se publicó en el BOE de 3 de diciembre de 2025 y entra en vigor el 4 de diciembre de 2025.
Nuevos plazos de adaptación
Con la modificación aprobada, los plazos quedan así:
- Entidades obligadas a presentar el Impuesto sobre Sociedades: deberán tener completamente adaptados sus Sistemas Informáticos de Facturación antes del 1 de enero de 2027.
- Resto de obligados tributarios (autónomos, profesionales y entidades no sujetas al Impuesto de Sociedades): deberán completar la adaptación antes del 1 de julio de 2027.