Procedimiento para la Obtención del Título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias
¡ATENCIÓN! APERTURA DE NUEVO PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Tal como dispone el punto 5, apartado b) de la Disposición Transitoria Primera del RD 610/2024 de 02 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, en el plazo de tres meses desde la fecha de publicación en el BOE de dicho Real Decreto, se habilitará en la Sede electrónica del Ministerio de Sanidad un procedimiento administrativo para la presentación de las solicitudes según el cronograma propuesto en dicho apartado.
No obstante, según ha publicado el Ministerio de Sanidad (Puedes acceder a la nota del Ministerio pinchado aquí y a la del SACYL aquí), durante el periodo comprendido entre los días 28 de marzo al 12 de abril (ambos inclusive) podrán realizar la solicitud todos los solicitantes con independencia de su mes de nacimiento, incluidos los nacidos en el mes diciembre. Una vez finalice el plazo, (12 de abril a las 23:59, hora peninsular) ya no se podrán presentar nuevas solicitudes.
Una vez finalice el plazo, (12 de abril a las 23:59, hora peninsular) ya no se podrán presentar nuevas solicitudes.
Junto a la solicitud se habrá de incorporar la acreditación del ejercicio profesional expedida por la unidad que determine la persona titular de la Consejería/Departamento de Sanidad de la comunidad autónoma que corresponda o, en su caso, por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, a propuesta del gerente o representante legal de la unidad asistencial U.68 en centros sanitarios C.1.1 o unidad asistencial U.100 en centros sanitarios C.2.5.7, autorizada durante todo el periodo certificado, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, tal como se indica en el punto 5 apartado c).
No se atenderán solicitudes realizadas fuera del periodo habilitado para ello ni por otra vía que no sea dicha Sede electrónica.
REGISTRO ESTATAL DE PROFESIONALES SANITARIOS